Será tratada en Diputados la innovadora ley de pensión para deportistas

El proyecto busca proteger a deportistas reconociendo mediante una pensión, su aporte como representante del deporte sanjuanino.

Es otra de las leyes provinciales presentada desde el Ejecutivo en la Cámara de Diputados, y al igual que la ley de inembargabilidad de instituciones deportivas, tiene origen en Acuerdo San Juan, y persigue el objeto de generar un programa de reconocimiento deportivo, un justo premio al mérito de deportistas que dedicaron parte de su vida al entrenamiento y a la competencia, para representar a la provincia, o el país en competencias nacionales o internacionales y que le restaron tiempo a una actividad laboral que les asegurara aportes a un sistema previsional que asegure su futuro jubilatorio.

Esta propuesta apunta a los casos de deportistas consagrados, busca aportar una pensión no contributiva de carácter personal, intransferible y vitalicia, como así también obra social. Entiéndase por deportista consagrado, a aquellos que, con por lo menos 5 años de trayectoria, hayan obtenido logros traducidos en medallas, podios o trofeos en competencias de cualquier disciplina deportiva, ya sean provinciales, nacionales o internacionales, o bien que hubiesen dejado un legado de valores y reconocimiento en el ambiente deportivo local.

La ley está dirigida a deportistas residentes en San Juan cuya situación socioeconómica lo amerite, que cuenten con logros deportivos como los detallados anteriormente y con requisitos que determinará la autoridad de aplicación que será la Secretaria de Estado de Deportes. Los aspirantes serán sometidos a un comité evaluador, integrado por un representante de la Secretaría de Estado de Deportes, un representante de la Cámara de Diputados de la Provincia y un periodista del ámbito deportivo, que emitirá un informe de mérito o conveniencia sobre cada caso.

Los beneficiarios deberán retribuir la asignación de la pensión con su trabajo en charlas o clínicas deportivas, o colaborar en actividades afines al deporte. Al momento del fallecimiento del beneficiario, su cónyuge podrá acceder al beneficio acreditando su situación legal, por un monto equivalente al 50 % del monto que venía percibiendo el beneficiario.

De esta manera, el estado sale a proteger a aquellos deportistas que dieron un enorme esfuerzo por representar a su deporte y a la provincia, sector que se encontraba desprotegido y dependiente de lo que generara en forma personal al momento de retirarse de la actividad deportiva, y en salvaguarda de esos “ídolos” que, en muchos casos, no pudieron aportar al sistema previsional.

Modificado por última vez en Jueves, 15 Octubre 2020 17:36