Vence el plazo para dar de baja a los lotes para producción de semillas

Esto se reglamenta en la Ley de semillas provincial 1036 L.

El Ministerio de Producción y Desarrollo Económico a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Agroindustria en coordinación del Instituto Hortícola Semillero, dependiente de la Dirección Instituto Tecnológico y Hortícola Semillero organismo de ejecución y fiscalización de la producción de semillas de la Provincia de San Juan, informa de la necesidad de cumplir la Ley 1036 L.

La Ley provincial de semillas tiene como objetivo principal que el “Sistema Productor de Semillas” sea una alternativa productiva para la Provincia.

Para alcanzar los objetivos que propone en su artículo primero de creación, establece diferentes etapas que deben cumplir los productores, en el caso de cebolla u hortícolas en general, con fechas establecidas que deben cumplir en cada una de ellas.

1.- El productor debe inscribir cada lote de producción. En la ficha de inscripción describe las características del material que va a cultivar, detalle o descriptores de los mismos que lo identifican (Color, Ciclo, Tipo de polinización, entre otros). Esta primera etapa de inscripción de lotes se extiende desde el mes de agosto hasta el 31 de enero.

Como paso siguiente a la inscripción, los mismos son geo referenciados por personal especializado en un mapa sobre el cual de determinarán los aislamientos de cada uno. Esta etapa es clave y definirá en la segunda etapa o informe quienes están o no en condiciones de realizar el cultivo.

2.- Una vez finalizadas las 2 primeras etapas se generará el mapa de cultivos y lotes. Si existiese superposición o no se cumplan los aislamientos entre materiales, se comunica a los productores en conflicto, la posibilidad de reorganizar y permitir la factibilidad para la realización de cada cultivo.

A partir de ahí se generará la etapa de definición y aprobación del cultivo. Esto termina entre el 28 de febrero al 15 de marzo de cada año.

3.- Es importante que aquellos productores que hayan registrado lotes y por diferentes razones no puedan realizar el cultivo que registraron, deben realizar la baja del lote, llenando el formulario correspondiente a ese lote, ante el organismo de control. Esto permite que otro productor que no había estado en condiciones pueda entrar al sistema de siembra. Esta etapa de baja de lotes finaliza el 31 de marzo, según ciclo del cultivo.

Si este paso no se cumple el productor debe pagar una multa por no dar de baja el lote de 20.000 pesos, el que se deberá abonar antes del 30 de abril en las oficinas de INSEMI, calle Coll 3671 oeste, Rivadavia.

4.- A partir del cumplimiento de estas etapas el productor está en condiciones para la realización del cultivo.

Modificado por última vez en Jueves, 30 Marzo 2023 13:32