La Inspección General de Personas Jurídicas resuelve a favor de asambleas remotas

Ante las medidas sanitarias, se dan a conocer nuevas instrucciones para asociaciones civiles, fundaciones y sociedades por acciones que se encuentren bajo el control y fiscalización de la IGPJ.

La Inspección General de Personas Jurídicas estableció en una nueva resolución varios aspectos, en el marco de las acciones para mitigar los efectos de la pandemia en el país y en la provincia.

2020-09-10 GOBIERNO: IGPJ

Prórrogas de mandatos y fecha para las asambleas presenciales, entre otras aristas del funcionamiento de las asambleas, son las que tienen alcance en la resolución 0196-IGPJ-2021 del organismo dirigido por Juan Pablo Dara:

• Autorizar únicamente de forma remota asambleas generales o reuniones de asambleas o entidades civiles, en el período entre el 22 de mayo y el 30 de septiembre. No se autorizarán asambleas ni reuniones de forma presencial.

• Se prorroga hasta el 31 de octubre el mandato de las autoridades de asociaciones civiles y fundaciones registradas en la Inspección.

• Se prorroga el mandato de las autoridades de centros de jubilados y pensionados, durante la extensión del estatus sanitario actual declarado por ley 2035-A.

• Se suspende la aplicación de sanciones pecuniarias a las asociaciones civiles de primer grado hasta el 31 de octubre de 2021, por realizar asambleas generales fuera del término estatutario para tratar fuera de término ejercicios económicos anuales cerrados hasta el 31 de diciembre de 2019 y 2020.

• Mantiene la Resolución N°184 (Asamblea Virtuales).

• Se abroga la Resolución N°241.

2020-09-10 GOBIERNO: IGPJ

Es importante tener en cuenta rige el protocolo de cumplimiento obligatorio, en el que se establecen las medidas generales preventivas para la celebración de Asambleas Generales y Reuniones del Órgano de Gobierno Presenciales.

2020-09-10 GOBIERNO: IGPJ

2020-09-10 GOBIERNO: IGPJ

2020-09-10 GOBIERNO: IGPJ

Modificado por última vez en Viernes, 28 Mayo 2021 12:10