Desde la Dirección de Rentas informaron que este régimen, dispuesto por Res. 0562-DGR-2020, está destinado a regularizar obligaciones tributarias que se encuentren en instancia administrativa o judicial.
Podrán adherir al régimen de facilidades de pago aquellos contribuyentes que posean CUR (Clave de Usuario Registrado) o CUR Provisoria, y que figuren en los registros de la DGR como titulares de las cuentas cuya deuda pretenden regularizar, o que acrediten ante la DGR ser persona debidamente interesada, según los casos previstos en el art. 3º de la norma y de acuerdo al procedimiento establecido en el Instructivo elaborado a tal fin.
Entre los beneficios de ponerse al día, desde la DGR recuerdan que se puede acceder a regularizar el monto adeudado hasta en 5 cuotas sin interés de financiación.
También, las deudas en instancia judicial pueden cancelarse en una cuota a través del mismo sitio sin necesidad de generar CUR.
Para más detalles descargar instructivos adjuntos o ingrese en www.sanjuandgr.gob.ar