Ahora se puede abonar una deuda judicial a través de la web
Los contribuyentes que posean deuda judicial pueden abonar en una o más cuotas a través de la web de Rentas.
La Dirección General de Rentas (DGR) recuerda a los contribuyentes que posean deudas en instancia judicial que puede abonarla a través de su página web: www.sanjuandgr.gob.ar
Descargue el instructivo adjunto para mayores detalles del procedimiento.
Asimismo, tener en cuenta que:
- Si paga en 1 cuota: a través de la opción "Impresión de Boletas - Deuda Vencida Judicial". NO necesita clave CUR. El sistema emitirá una boleta que incluya deuda, intereses, gastos causídicos y honorarios.
- Si paga en cuotas: opción "Planes de Financiación - Plan de Pago Permanente" debiendo obtener previamente su clave CUR vía web. En el plan de financiación se incluirá deuda e intereses. Los gastos causídicos y honorarios se abonarán en la cuota 1. Para acceder a este plan, el contribuyente debe ser el titular registral.
- Si usted NO es titular registral y posee deuda en instancia judicial, puede abonarla en una cuota sin necesidad de generar Clave CUR.
Modificado por última vez en Jueves, 15 Abril 2021 10:45
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