Coronavirus: empleados de la administración pública exentos de asistir podrán gestionar la ausencia vía online

Conocé en detalle a quiénes comprende la medida y los pasos a seguir si pertenecés a los grupos de riesgo.

  • Lunes, 16 Marzo 2020 22:52
  • Escrito por Prensa

Este lunes, los ministros del Poder Ejecutivo e integrantes del Comité de Crisis se reunieron en el Centro Cívico para definir acciones conjuntas en el marco del protocolo que la Provincia ha activado para hacer frente a la propagación de coronavirus que mantiene en vilo al mundo. En el encuentro participaron los ministros de Salud, Alejandra Venerando; de Gobierno, Fabiola Aubone, de Educación, Felipe De Los Ríos; de Obras, Julio Ortiz Andino; de Turismo, Claudia Grynszpan; de Desarrollo Humano, Fabián Aballay; de Hacienda, Marisa López y de Producción, Andrés Díaz Cano.

Como consecuencia de la adhesión del Gobierno provincial a las directivas de la Nación a través del Decreto Acuerdo 0009, quienes trabajen en la administración pública y pertenezcan a un grupo de riesgo deben abstenerse de ir a trabajar hasta tanto el Ministerio de Salud Pública determine la finalización del periodo de aislamiento.

Los trabajadores que se encuentren en la situación descripta deberán acreditar la inasistencia vía online.

Quiénes deben abstenerse de ir a trabajar

  • Quien haya cumplido 60 años o más de edad a la fecha o lo cumpliera durante la vigencia de la presente normativa
  • Quien se encuentre embarazada.
  • Quien padezca enfermedad autoinmune en tratanmiento con inmunosupresores en los últimos tres meses.
  • Quien padezca diabetes tipo 1 o tipo 2 insulino requirente.
  • Quien padezca insuficiencia renal.
  • Quien padezca insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, reemplazo valvular, valvulopatías o cardiopatías congénitas.
  • Quien sea trasplantado.
  • Quien padezca patología oncohematológica con tratamiento en los últimos 12 meses.
  • Quien padezca tumor de órgano sólido en tratamiento.
  • Quien padezca Enfermedad de Pulmón Obstructiva Crónica (EPOC), o asma modera o severa.
  • Quien esté afectado por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH).
  • Quien padezca hipertensión arterial con complicaciones cardiovasculares, infarto agudo del miocardio, insuficiencia coronaria, accidente cerebro vascular, insuficiencia renal.

La autoridad de aplicación podrá modificar plazos y establecer las excepciones estime convenientes con la finalidad de mitigar el impacto de la pandemia. Queda exceptuado de la presente norma todo el personal de salud pública, seguridad pública y transporte público que teniendo más de 60 años no posea ninguno de los factores de riesgo arriba mencionados.

Cabe recordar que la solicitud de la licencia se realizará vía online a través del sitio oficial del Gobierno de la Provincia de San Juan. Cuando la autoridad de aplicación determine la finalización del periodo de aislamiento, el agente perfeccionará el derecho a cobro de la misma mediante la presentación del certificado médico correspondiente y la declaración jurada de la solicitud gestionada a través del portal de gobierno. La falta de presentación de dicha documentación ocasionará el descuento de la totalidad de los haberes abonados en el periodo de ausencia.

El Decreto Acuerdo 0009

Decreto Acuerdo 0009 (1)

Decreto Acuerdo 0009 (2)

Decreto Acuerdo 0009 (3)

Modificado por última vez en Martes, 17 Marzo 2020 11:09