Estas son las medidas vigentes para el transporte de cargas

En el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio, estas son las medidas válidas para el funcionamiento del transporte de cargas.

Ministerio de Gobierno comunicó cuales son las medidas vigentes para el funcionamiento del transporte de cargas.

Las medidas quedaron conformadas de la siguiente manera:

Los transportistas no residentes de la Provincia de San Juan, quedan exceptuados de realizar el periodo de cuarentena obligatorio, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:

  1. La logística específica del proceso de carga y descarga debe realizarse en un tiempo máximo de 24 horas, y debidamente certificado por la empresa contratante, y con debida presentación de remito de carga y descarga;
  2. Al momento del ingreso firmarán una declaración jurada, cuyo formulario se apruebacomo Anexo II, y forma parte integrante de esta Resolución; y
  3. Durante la permanencia en la provincia, la autoridad sanitaria y de seguridad provincial están facultados para: realizar a cada transportista el control sanitario respectivo, y de cantidad de viajes en ingreso y egreso de los límites Provinciales, asimismo se les solicitará que exhiban el certificado que los habilita a circular, y se fiscalizará el cumplimiento estricto de la adopción de las medidas previstas.
  4. Para el caso de transportistas residentes de la Provincia de San Juan, además de cumplir con las disposiciones sobre firmar declaración jurada y respetar los controles sanitarios, de cantidad de viajes y exhibir los certificados que los habilita a circular, durante el tiempo de permanencia en la Provincia serán monitoreados y controlados mediante el “Programa de Teleasistencia para la Prevención de Propagación de COVID – 19” de la CRUZ ROJA ARGENTINA, mediante la descarga en sus dispositivos móviles de una app específica, en resguardo de la salud de cada uno de los transportistas. Los transportistas sanjuaninos, durante su residencia en la provincia, tienen la opción de residir en hoteles a fin de resguardar la salud de su familia. Para ello, deberán dar aviso a las autoridades de control.
  5. Todos los transportistas de cargas deben obtener el certificado de afectación a actividades y servicios declarados esenciales aprobado por Resolución N° 84/2020 del Ministerio de Transporte de la Nación, a los fines de que puedan justificar en forma clara y uniforme su excepción para la atención de las actividades y servicios declarados esenciales en el marco de la emergencia sanitaria.
  6. Cada transportista de carga deben ingresar y egresar del territorio Provincial a través de los pasos viales fronterizos “Corredores Sanitarios Seguros” detallados en el punto 3.5.

Las empresas operadoras del transporte de cargas deben cumplir con las siguientes disposiciones:

  1. Capacitar a su personal respecto de lo consignado en el presente protocolo como así también de las normas que dicte el Ministerio de Transporte de la Nación y los organismos sanitarios;
  1. Reportar al Ministerio de Gobierno y a la Secretaría de Estado de Seguridad y Orden Público de la Provincia de San Juan, las novedades que se presenten en relación a la pandemia del COVID-19;
  1. Disponer de todas las herramientas tecnológicas e informáticas a su alcance, a fin de asegurar la difusión y conocimiento del público acerca de las medidas de prevención que dispone este Protocolo o que ordene el Comité de Crisis Prevención COVID-19 para el Transporte Automotor o que suministre el Ministerio de Salud de la Nación;
  1. Entregar a su personal un Kit de cuidado personal: jabón, toallas descartables y alcohol en gel, guantes descartables, gafas y barbijo o cubrebocas común, pañuelos descartables, bolsa de residuos para desechos de descartables, birome de uso personal y exclusivo, y un Kit de limpieza de elementos de la unidad, dispersor de agua con alcohol (al 70%), lavandina u otro desinfectante aprobado por la autoridad sanitaria;
  1. Seleccionar al personal de conducción y al resto del personal, de acuerdo a un orden de prioridad según los parámetros de riesgo, conforme lo determina el Ministerio de Salud de la Nación;
  1. Controlar la temperatura corporal de los conductores, antes de que tomen el servicio, y si presenta fiebre o algún síntoma de la enfermedad, conforme lo determina la autoridad sanitaria, no deberá tomar servicio y deberá seguirse el protocolo para personal enfermo; y
  1. Desinfectar, en forma previa a la toma de cada servicio y a su finalización como mínimo, el interior del vehículo, mediante un pulverizador rociador con una solución desinfectante a base de alcohol, lavandina u amoniaco u otro desinfectante aprobado según indicaciones del Ministerio de Salud de la Nación.

Los conductores deben respetar, como mínimo, las siguientes medidas:

  1. Mantener la higiene continúa de manos, luego de manipular llaves, dinero, desperdicios o basura, antes y después de comer así también al ir al baño;
  1. Guardar la distancia mínima de 2 metros, en relación con otras personas en lugares como estaciones de servicio, lugares de carga y descarga, terminales y oficinas;
  1. Realizar todos los trámites posibles vía web o telefonía móvil, para evitar lugares públicos;
  2. Comunicarse con el lugar de destino previo al arribo, para verificar que se hayan adoptado las medidas pertinentes;
  1. Ventilar el habitáculo frecuentemente, durante 10 minutos y dejar que ingrese sol al mismo, cuando sea posible. Se recomienda rociar el mismo con algún desinfectante en aerosol o spray;
  1. Evitar el contacto directo sin protección con objetos de uso común, como picaportes o canillas en caso de utilizarlas;
  1. Desinfectar constantemente aquello que manipula de modo usual: el volante, las manijas, agarraderas y aquello que se encuentre dentro de sus dos metros: vidrio y luneta, en la limpieza incluya objetos de uso propio: billetera, lapicera, superficie de tabletas, teléfonos móviles y cargadores;
  1. Consultar inmediatamente con la autoridad sanitaria, en caso de presentar fiebre, tos, dolor de garganta o dificultad al respirar, aunque sean leves; e
  1. Informarse sólo en base a fuentes oficiales: Ministerios de Salud Nacional y Provincial, Organización Mundial de la Salud, entre otros.

Servicio de Teleasistencia

El Sistema de Teleasistencia para la prevención del COVID-19 permitirá el seguimiento de las personas que ingresen a la provincia, de manera transitoria y/o dentro de las excepciones vigentes.

En cuanto al transporte de carga, mantendrá al usuario informado en función de sus necesidades, como pueden ser limpieza del vehículo, tiempos de descarga, medidas vigentes, etc.

El servicio de teleasistencia y acompañamiento de personas a los fines de prevención, control y seguimiento de posibles síntomas de COVD-19, tiene especial aplicación a población consideradas de riesgo, personas en tránsito y personal de transporte de mercaderías para abastecimiento.

Paradores en ruta (Estaciones de Servicio, en Ruta Nº 20 y Nº 40)

  • Reducir y agilizar la operatoria para que una sola persona atienda a los transportistas.
  • Los operarios que atiendan a los transportistas lo harán exclusivamente a estos, no pudiendo atender a otros ciudadanos.
  • Implementación de combos de productos de consumo habitual que sean despachados rápidamente y con las medidas de higiene garantizadas.
  • Una vez realizada la tarea (carga de combustible u otra actividad), volver a higienizar las manos y los elementos utilizados.

Centros de transferencias seguras

Las empresas de transporte de cargas que cuenten con centros de trasferencia habilitados, podrán efectuar la operatoria de carga y descarga cumpliendo estrictamente los protocolos dispuestos para la emergencia sanitaria, además de exigir los resultados negativos emitidos por la autoridad competente, seguimiento satelital y/o consigna policial.

Para las empresas que no cuenten con los Centros de Trasferencias Seguras, se habilitan los siguientes centros de control sanitario provincial de transferencias de cargas, aislamiento y descansos:

  1. Estadio del Bicentenario, Departamento Pocito - San Juan.
  2. Autódromo Provincial el “Villicum”, Departamento de Albardón - San Juan.
  3. Control de San Carlos.

Protocolo de Autorización de Centros de Transferencias Seguras

  • Centros de transferencias autorizados

Las empresas de transporte de cargas que cuenten con centros de trasferencia habilitados, podrán efectuar la operatoria de carga y descarga cumpliendo estrictamente los protocolos dispuestos para la emergencia sanitaria, además de exigir los resultados negativos emitidos por la autoridad competente, seguimiento satelital y/o consigna policial. Cada uno de estos centros privados deberá encontrarse habilitados por la autoridad de aplicación, para constatarlas condiciones, protocolos y autorizar su funcionamiento.

Asimismo, para las empresas que no cuenten con los Centros de Trasferencia autorizados, se habilita en el sector 2 del Estadio San Juan del Bicentenario, el Centro de Transferencia de Cargas Provincial.

2) Procedimiento para operar en los centros de transferencias seguras

Los espacios habilitados son:

1) Espacio de Espera “Dador de carga”.

El transportista para acceder a esta zona, deberá entregar toda la documentación necesaria y será habilitado para el ingreso. Esta zona estará habilitada las 24 horas.

Los transportistas deberán permanecer obligatoriamente en esta zona hasta el momento de poder realizar la transferencia, con previa autorización. En ningún momento el dador de carga podrá descargar o manipular la carga dentro del predio.

2) Espacio de “Transferencia /Receptor de carga”

En esta zona se lleva a cabo la transferencia entre dador y receptor. El horario de operación de esta zona será de lunes a viernes de 8 horas a 17 horas y sábado de 8 horas a 13 horas.

Opciones de transferencia:

  • Intercambio de conductor: transferencia del vehículo a un conductor que no represente riesgo sanitario. (transportista distribución local) Para este proceso se realizará una desinfección del habitáculo del vehículo previo al cambio de conductores, los mismos no podrán tener contacto directo.
  • Transferencia de vehículo: podrá realizar la operación de transferencia del mismo por uno de distribución local, los conductores o actores intervinientes en este proceso no podrán tener contacto directo entre ellos. En caso de que el vehículo que ingreso a la Provincia deba realizar la espera, lo hará en los lugares de descanso delimitados.

En ambos casos el conductor que ingreso a la Provincia, deberá permanecer en el centro de transferencias seguras hasta tanto se realice la operación de distribución, respetando el protocolo vigente.

  • Transferencia de carga: Dentro del predio no se harán actividades de consolidación, armado o almacenaje de ningún tipo de mercadería.

Toda esta operación se llevara a cabo manteniendo el distanciamiento social obligatorio.

Esta zona brindara servicio de auto-elevadores con chofer, para los casos en que la mercadería este paletizada.

Toda la operación será supervisada por cuenta del dador y receptor sin intervención de personal del predio.

En caso de mercadería a granel el receptor deberá instrumentar el trasvase de la operación debiendo contar con el personal necesario.

3) Pautas para Carga/ Descarga en Centros Autorizados

  • El chofer deberá permanecer dentro de la cabina/habitáculo del vehículo.
  • Procurar realizar la carga/descarga de manera ágil.
  • Tomar las medidas sanitarias y de higiene necesarias, antes de proceder a realizar la carga o descarga.
  • Mantener siempre la distancia mínima de contacto social.
  • Todo personal afectado a estas tareas, deberán tener elementos necesarios de protección (barbijo o tapabocas, guantes, gafas, etc.).

3) Espacio de “Descanso transportistas”.

Esta zona se encuentra delimitada en dos espacios en el predio del Estadio San Juan del Bicentenario, uno dispuesto para transportistas residentes de la Provincia de San Juan (sector 1) y otro para no residentes de la Provincia de San Juan (sector 3), a los fines de evitar el contacto entre ellos. Estos espacios se encuentran operativos las 24 horas todos los días de la semana.

En esta zona se provee seguridad, instalaciones sanitarias (baños, duchas, agua caliente), estacionamiento de camiones, espacio para instalación de casillas tipo dormís para la empresa que lo soliciten siendo a su cargo la provisión de las casillas.

Los usos de estos espacios son para transportistas:

  • Que deseen realizar otras operaciones (otro viaje) de manera continua (sector 1).
  • Que esperan la distribución local en caso de hacer cambio de choferes (sector 1).
  • Que esperan el resultado de un PCR específico (sector 2).

4) Requisitos para autorización de centros transferencias

Los Centros de Transferencias Seguras privados de cargas deberán contar con espacios definidos de operatividad:

1) Área de Ingreso

2) Área de Espera “Dador de Carga”.

3) Área de “Transferencia de carga”

4) Área de “Servicios para transportista"

Área de ingreso: deberá estar claramente señalizada y emplazarse al principio de un circuito diferenciado del tránsito común del establecimiento. Previo a ingresar, el operario debidamente capacitado solicitará:

- Exhibir vigencia de SAVE en caso de tener residencia en San Juan

- Visado y autorización de operación en dicho centro

- Control de temperatura (se realizará con termómetro autorizado en protocolo)

- Documentación de rigor perteneciente a la carga requerida por receptor

Área de espera: una vez cumplida la instancia previa, y según la envergadura del Centro, puede disponerse de un Área de Espera hasta tanto se realice la transferencia (carga o descarga), donde en ningún momento el transportista puede abandonar la cabina, excepto por razones de fuerza mayor, situación en la cual deberá ser escoltado por personal de seguridad manteniendo las medidas básicas y fundamentales de prevención, evitando contacto con operarios del Centro. Cabe aclarar que tal espacio deberá estar comprendido en circuito diferenciado.

Área de Transferencia de carga (carga o descarga): área debidamente delimitada operada por personal idóneo debidamente protegido con quien el transportista no tiene contacto directo. Puede contar con elementos tecnológicos específicos para manipulación de cargas (montacargas, tolvas, grúas, etc.), los cuales serán operados por personal que acredite idoneidad y capacitación en medidas de prevención de transmisión COVID-19 por parte de empleador, ART o ente oficial o privado habilitado por autoridad sanitaria. Este operario no tiene contacto directo con transportista.

Área de Servicio para Transportistas: sitios de uso exclusivo para transportistas que presenten requerimientos básicos y elementales como uso de baño, reposición de alimentos, espera de vehículo en caso de transferencia del mismo.

- Delimitado y señalizado

- Con espacio que permita distanciamiento mínimo según factor de ocupación

- Circuito diferencial de circulación

- Provisto de elementos de higiene y desinfección

- Protocolo de limpieza y desinfección

- Con tiempo máximo de estadía

Modificado por última vez en Lunes, 07 Septiembre 2020 10:37