Conocé el paso a paso para realizar rectificación de partida

El MinGob te explica cómo obtener diferentes trámites registrales, como partida de nacimiento, defunción o reconocimiento paterno.

El Ministerio de Gobierno, a través de su Secretaría de Gobierno, Justicia y DDHH, Dirección de Registro Civil y Capacidad de las Personas, dio a conocer una serie de trámites que se pueden realizar en el Registro Civil, ubicado en su flamante nuevo edificio de calle Santa Fe entre Mendoza y Entre Ríos.

RECTIFICACION DE PARTIDAS


¿En qué consiste el trámite?


Cuando las partidas de nacimiento, matrimonio, unión convivencial o
defunción tienen errores u omisiones, los mismos pueden corregirse a
pedido del ciudadano.


¿Quién puede realizarlo?


Todo ciudadano mayor de edad puede solicitar la rectificación de las partidas en las
que tenga un interés legítimo (Sobre las partidas propias, de sus hijos o padres si
estos han fallecido)


¿Qué necesito para realizarlo?


● Solicitud de Rectificación de Acta


● Acta de nacimiento, matrimonio, unión convivencial o defunción a modificar


● Documentación que pruebe el error u omisión.


● DNI del peticionante


● Acreditar el vínculo de parentesco (interés legítimo).


● Se debe identificar perfectamente el "ACTA" que se pretenda rectificar e indicar
en forma clara y precisa los términos (literales o numéricos) que se pretenden
rectificar (nombre, apellido, edad, lugar de nacimiento, fecha del nacimiento,
número de documento, etc.) especificando en consecuencia el dato correcto y
el erróneo.


¿Dónde puedo realizarlo?


Oficina de Rectificaciones – Dirección de Registro Civil
Santa Fe 54 Oeste
Horario de atención: de Lunes a Viernes de 7:30 a 14:30.

¿Cuánto cuesta?


$ 20,00 (Pesos Veinte) por cada acta a rectificar.


Nota: La documental acompañada como prueba deben ser absolutamente
legibles, completas en sus partes y sus copias y estar debidamente certificadas.
No deben adjuntarse originales, pues la misma no se restituye.
Si es extranjera: Debe tener las legalizaciones del estado de origen, la
certificación consular argentina "o" "La Apostilla" de la convención de La Haya
del año 1961, si ese país está adherido. Si está en idioma extranjero, debe ser
traducida.

Modificado por última vez en Sábado, 17 Agosto 2019 10:52