Conocé el paso a paso para obtener la unión convivencial

El MinGob te explica cómo obtener diferentes trámites registrales, como partida de nacimiento o reconocimiento paterno.

El Ministerio de Gobierno, a través de su Secretaría de Gobierno, Justicia y DDHH, Dirección de Registro Civil y Capacidad de las Personas, dio a conocer una serie de trámites que se pueden realizar en el Registro Civil, ubicado en su flamante nuevo edificio de calle Santa Fe entre Mendoza y Entre Ríos.

UNIÓN CONVIVENCIAL


Es la anotación de la unión de hecho en los Libros del Registro Civil conforme determina
el Código Civil y Comercial.


¿Quién lo puede realizar?


Quienes acrediten:


● Convivencia no menor a dos años


● Convivientes mayores a 18 años desde el inicio de la convivencia. En
caso de no ser así, se cuentan dos años a partir de que ambos tengan 18
años.


● Sentencia de divorcio si alguna parte fue casado/a.


● Partida de Defunción si alguna parte es viudo/a.

Advertencia: Presentación de cese de uniones convivenciales previas si las hubiere.
¿Qué necesito para hacer el trámite?


Requisitos de Documentación


● DNI actual y fotocopia ambos convivientes.


● DNI actual y fotocopia de los dos testigos.


● Partida de Nacimiento ambos convivientes (Solo sin no son nacidos en la
provincia).


Requisitos para casos especiales.


● Partida de Matrimonio con nota marginal con el divorcio asentado.


● Partida de Defunción.


¿Dónde lo puedo hacer?


Para su comodidad la inscripción se realiza en la Oficina del Registro Civil más cercana
al domicilio de los interesados.-
Horario de Atención: de Lunes a viernes de 7:30 a 14.30 hs.

¿Cuánto cuesta?


$200 (PESOS DOSCIENTOS)

Modificado por última vez en Sábado, 17 Agosto 2019 10:27