Fondo de Reserva Anticíclico, el instrumento público para situaciones de crisis o emergencias

De qué se trata, cómo está compuesto, en qué casos se puede utilizar y cuál es su situación actual.

El Fondo de Reserva Anticíclico (FRA) es una suma de dinero que el Estado Provincial tiene ahorrado y que puede ser utilizado para hacer frente a situaciones imprevistas, como son las crisis o las emergencias.

Fue creado en diciembre de 2004, a través de la Ley Provincial Nº 7567 (hoy ley 828-I). En su primer artículo, afirma que el Fondo deberá registrar “en forma permanente” como saldo una suma equivalente a dos nóminas salariales mensuales del Poder Ejecutivo Provincial.

Esta nómina es definida como el importe total bruto de las remuneraciones sujetas o no a aportes y contribuciones y beneficios sociales que liquida el Poder Ejecutivo Provincial a su personal dependiente y al de los organismos de la Constitución con más las contribuciones patronales, incluyéndose en el cálculo la incidencia mensualizada del sueldo anual complementario.

El Ministerio de Hacienda y Finanzas es el órgano administrador del Fondo de Reserva Anticíclico, mientras que el Banco San Juan es el agente financiero y el que guarda el dinero del Fondo.

Entre sus obligaciones, el Banco San Juan debe presentar mensualmente al Ministerio de Hacienda y Finanzas una rendición de cuentas integral sobre el estado del Fondo y su evolución, acompañando detalle de todas las inversiones realizadas, los rendimientos generados en el período respectivo, los gastos asociados incurridos y el saldo de la cuenta y/o de otros activos financieros que lo integren, valuados a precios de mercado.

Además, debe elevar una propuesta al ministerio sobre las pautas de inversión para el FRA, así como la estimación de los conceptos e importes correspondientes a los gastos que demande su administración.

Esa propuesta debe ser evaluada por el ministerio y, de resultar conveniente y apropiada, autorizará al Banco a realizar esas inversiones. Asimismo, periódicamente el agente financiero debe revisar dichas pautas de inversión y evaluar la conveniencia de mantener o modificar las operaciones que se lleven a cabo.

Tal como se dijo anteriormente, desde su creación el Fondo contempla el equivalente a dos grillas salariales y está compuesto por plazos fijos en pesos, depósitos a la vista en dólares, títulos públicos en dólares y depósitos a la vista en pesos.

Actualmente, y tal como afirma la ministra de Hacienda y Finanzas de San Juan, Marisa López, “el informe de diciembre de 2022 elaborado por el Banco San Juan afirma que el FRA alcanzó un total de 22.100 millones de pesos”.

Asimismo, la titular de la cartera de Hacienda y Finanzas sostuvo que el Fondo de Reservas Anticíclico aún no fue utilizado, ni tampoco fue necesario usarlo en épocas de pandemia, ni luego del terremoto ocurrido el 18 de enero de 2021, "esto es porque San Juan logró mantener las cuentas equilibradas desde que el gobernador Sergio Uñac está al frente de la provincia”, indico la ministra López.

Para poder utilizar el FRA se deben dar condiciones:

- Cuando se produzca una caída estacional de los ingresos y que la misma no alcancen a cubrir el promedio móvil de los últimos seis (6) meses de dichos ingresos, actualizados por el Coeficiente de Variación Salarial (CVS) Nivel General publicado por el INDEC

- Solo se podrá desafectar del Fondo de Reserva Anticíclico, en forma automática, el monto necesario y hasta la concurrencia con el promedio citado, informando además a la Cámara de Diputados tal situación con indicación del monto y destino de tales fondos.

Por último, cabe destacar que los fondos desafectados del Fondo de Reserva Anticíclico se destinarán exclusivamente y conforme al siguiente orden de prelación a:

  • Monto faltante para completar la nómina salarial.
  • Atender gastos vinculados con la salud, educación y seguridad.
  • Transferencias a municipios.
  • Erogaciones de Capital.
  • Reducción de la deuda provincial no ingresada al canje.

Y, en caso de hacer uso de dinero del FRA, el Ministerio de Hacienda y Finanzas deberá reintegrar al Fondo los importes desafectados. Tales reintegros deberán efectivizarse en los meses en que los montos efectivamente ingresados en la cuenta recaudadora de la Coparticipación Federal de Impuestos superen el promedio móvil de los últimos doce (12) meses.

Modificado por última vez en Lunes, 30 Enero 2023 11:35