Convocan profesionales y estudiantes avanzados para desempeñarse como DAI

Los interesados deben acudir los 2- 3 y 6 de mayo, de 8 a 16 horas, a la sede de la Junta de Calificación y Clasificación de Gabinetes Técnicos Interdisciplinarios.

El Ministerio de Educación, convoca a docentes de Educación Especial, Nivel Inicial, psicopedagogos, psicólogos, acompañantes terapéuticos e intérpretes en lengua de señas, licenciados en: Educación, Educación Física, interesados en desempeñarse como docentes de Apoyo a la Inclusión a inscribirse en el registro de Docentes de Apoyo a la Inclusión (DAI).

Cabe destacar que también pueden inscribirse estudiantes avanzados que hayan terminado de cursar o que tengan el 80% de las materias aprobadas.

Los interesados deben acudir el 2, 3 y 6 de mayo, de 8 a 16 horas, a la sede de la Junta de Calificación y Clasificación de Gabinetes Técnicos Interdisciplinarios, ubicada en Tucumán 75 norte, en el 1° piso.

Los profesionales para inscribirse deben presentar la siguiente documentación:

Fotocopia legalizada de DNI

Fotocopia del título registrado y legalizado

Certificado de Matrícula y Ética Profesional

Los interesados que cuenten con antigüedad docente o como Docente de Apoyo a la Inclusión (DAI) o Acompañante Terapéutico (AT) deben presentar la constancia.

Fotocopia de Certificados de cursos, jornadas, etc. legalizadas.

Estudiantes avanzados deberán presentar la siguiente documentación:

Fotocopia Legalizada de D.N.I.

Fotocopia legalizada que lo acredite como alumno regular y fotocopia legalizada del libro matriz de materias rendidas

Certificación que acredite el porcentaje de materias aprobadas, o fotocopia legalizada del plan de estudios de la carrera

En ambos casos la documentación debe presentarse en carpeta espiral de cartulina tamaño oficio.

La documentación presentada al momento de la inscripción tiene carácter de declaración jurada.

Por mayor información o dudas pueden comunicarse a la Junta de Calificación y Clasificación de Gabinetes Técnicos Interdisciplinarios al 4302345.

Cabe recordar que el Ley 1327-H- y su Decreto Reglamentario 0007/18 en su Capítulo VIII Art. N° 73 establecen que:

El Ministerio de Salud Pública determinará el diagnóstico y el período de tiempo necesario del Docente de Apoyo.

El Ministerio de Educación a través de la Junta de Calificación y Clasificación de Gabinetes Técnicos Interdisciplinarios de Educación, valorará a los profesionales con título de grado y docentes de conformidad con los valoradores y competencias de títulos vigentes. En aquellos casos en que no se determine a priori por el ministerio de Salud, el período de tiempo necesario del Docente de Apoyo, la designación será hasta el último día de la actividad docente. La continuidad en el siguiente ciclo dependerá de la evolución de las capacidades del alumno y del concepto profesional del Docente de Apoyo.

Excepcionalmente en casos que el perfil necesario para el Docente de Apoyo no esté previsto en los valoradores y competencias de título, la misma Junta aconsejará técnicamente la cobertura de la DAI. Esta norma es aplicable en todos los casos, independientemente de la cobertura económica del Docente de Apoyo. Si el alumno, lleva adelante el presente proyecto de inclusión en el sistema educativo de gestión privada, asume todos los efectos económicos de esa decisión.

Modificado por última vez en Viernes, 26 Abril 2019 14:37