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La cooperadora escolar es una contribución y no se puede condicionar su pago

El Ministerio de Educación advierte que el pago de la cooperadora escolar no es requisito para la inscripción ni para la entrega de la libreta de calificaciones.

Ante diversas consultas realizadas, el Ministerio de Educación recuerda que el pago de la cooperadora escolar no es obligatorio sino voluntario.

Se encuentra vigente lo establecido por Ley 6416 y la Constitución de la Provincia Art. 80 y 81, que señalan que "la contribución es voluntaria”.

Por Resolución Nº 12312/16 se reglamenta y establece la organización de la Asociaciones de Padres con el procedimiento pertinente (el pago de Cooperadora o Asociación de Padres es voluntaria).

Además, por Resolución N° 0279/17 se aprueba el “Modelo de Acta Constitutiva de Asociación Cooperadora Escolar” y el “Modelo de Estatuto de Asociación Cooperadora Escolar”

La contribución no es requisito para la inscripción, ni para la entrega de la libreta. Es un aporte voluntario de los padres y/o familia o tutor del alumno.

Ante cualquier inconveniente, los interesados pueden comunicarse con el Ministerio de Educación al 4307908.

Modificado por última vez en Viernes, 22 Febrero 2019 13:28