Está prohibida la práctica del motociclismo en las áreas protegidas

Esta práctica no se encuentra habilitada en ningún sitio protegido de la provincia, según informaron desde Ambiente.

La Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, recuerda que en las áreas protegidas de la provincia, no está permitida ningún tipo de práctica con motos.

Esta prohibición se fundamenta en que los valores de conservación de las áreas protegidas son incompatibles con el tránsito de vehículos y la realización de actividades deportivas relacionadas con el motociclismo.

Si bien estas actividades deportivas se encuentran habilitadas con circuitos, días y horarios establecidos, además de contar con los permisos correspondientes y las medidas establecidas previamente, la Secretaría de Ambiente no habilitó estas prácticas en ningún área protegida de San Juan, porque está prohibido.

Las áreas protegidas fueron creadas como tal con el objetivo de proteger, conservar y promover el aprovechamiento sustentable de la flora, fauna, arqueología a fin de preservar los ecosistemas.

La realización de ciertas prácticas deportivas, vinculadas al motociclismo, provoca degradación de suelos y un gran ruido, afectando a los animales de la zona.

Aquellas personas que no respeten las normativas ambientales recibirán las sanciones correspondientes.

Áreas Protegidas de San Juan Más del 25% del territorio sanjuanino, es decir 2.248.416 hectáreas, se encuentran bajo alguna categoría de conservación. Esto la convierte en una de las provincias argentinas con mayor porcentaje de superficie bajo normas especiales de conservación.

Además, San Juan cuenta con el privilegio de tener bajo protección territorios valorados y categorizados por organismos internacionales. Las áreas protegidas sanjuaninas contienen gran parte de la diversidad biológica de la región, además de custodiar el patrimonio arqueológico y paleontológico provincial de enorme valor histórico y científico, sin mencionar las bellezas paisajísticas.

Según establece la Ley provincial 606-L de áreas protegidas designa a la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable como el organismo que tiene la incumbencia técnica y administrativa de las mismas.

Bajo su resguardo se encuentran la Reserva de Biósfera San Guillermo, Área Natural Protegida La Ciénaga, Reserva de Uso Múltiple Don Carmelo, Parque Natural Valle Fértil, Paisaje Protegido Pedernal, Parque Provincial Presidente Sarmiento, Parque Natural y Paisaje Protegido Loma de las Tapias, Parque Natural y Paisaje Protegido Afloramiento Limo Arcilloso, Sitio Ramsar Lagunas de Huanacache.

Modificado por última vez en Miércoles, 17 Junio 2020 14:52