Disposiciones de Pesca para el Dique Punta Negra

Ante la inminente inauguración del embalse Dique Punta Negra, la Secretaría de Ambiente comunica las nuevas disposiciones que regirán para el lugar.

A través de RESOLUCIÓN Nº: 0721-SEAyDS-2017, la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, considerando la necesidad de reglamentar la actividad de pesca deportiva en el Dique Punta Negra, establece que mencionada actividad está permitida en horario de 8 a 18 horas, durante los meses de julio y agosto. Desde el 1 de septiembre y hasta el 30 de noviembre de cada año el Dique se encontrará vedado.

En mencionado embalse está permitido extraer hasta seis piezas por día, por pescador de la especie Pejerrey, utilizando una caña de pescar, con dos anzuelos como máximo, así mismo, podrá pescarse sin límite las especies carpa y dientudo.

La práctica de la pesca debe realizarse siempre con permiso oficial de la Secretaría de Ambiente.

Por la presente resolución queda PROHIBIDO:

  • La práctica de la pesca en el Río San Juan desde Pachaco hasta el Dique Caracoles inclusive.
  • Encender fuego a la orilla del dique
  • Arrojar elementos que provoquen contaminación del agua y el suelo.

A partir de la fecha la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable emitirá Permisos de Pesca diarios a $30, semanales a un valor de $100 y anuales $400. Los mismos pueden adquirirse en la Secretaría de Ambiente, en el Tercer Piso del Centro Cívico o en casas de venta de elementos de pesca.

Modificado por última vez en Viernes, 07 Julio 2017 15:19